QUÉ RÉGIMEN DE LA ECOTASA ME CONVIENE MÁS?

Hay dos sistemas para liquidar el impuesto sobre estancias turísticas (Ecotasa). El régimen en estimación directa consiste en pagar el impuesto recaudado y el régimen en estimación objetiva (módulos) consiste en pagar una cantidad fija anual en función al módulo que has elegido. Puedes consultar cómo se calcula el importe a pagar en el post de la semana pasada.

Mi recomendación es la estimación objetiva, en primer lugar, porque tiene unas obligaciones formales más reducidas y en segundo lugar, porque pagas una cantidad fija anual que te permite poder hacer previsiones de tus gastos. Además, siempre habrá una diferencia entre esta cantidad fija y la cantidad recaudada por la Ecotasa. Si se ha recaudado menos que esta cantidad fija, no puedes reclamar la diferencia, y si se ha recaudado más que esta cantidad fija, tampoco estas obligado a pagar esta diferencia. Es posible que haya años que salgas ganando y otros años que salgas perdiendo pero te habrás evitado las obligaciones formales del régimen de estimación directa que seguramente serán más costosas que la cantidad que hayas perdido.

Las obligaciones formales del régimen de módulos son:

  • El alta con el modelo 017 antes de iniciar la actividad. Sólo se debe presentar una vez.
  • Si un año hay modificaciones del alta inicial, se debe presentar otro modelo 017 con las modificaciones en el mes de enero del año en curso.
  • Emitir justificante de pago de la Ecotasa al cliente cuando lo pida.
  • Realizar el pago de la Ecotasa entre el día 1 de mayo y el día 30 de junio.