¿QUÉ REQUISITOS MÍNIMOS DEBEN CUMPLIR LAS VIVIENDAS VACACIONALES SEGÚN LA LEY TURÍSTICA DE BALEARES?

En primer lugar, las viviendas vacacionales deben cumplir los requisitos del annexo 6 del Decreto-Ley 20/2015 que establece unos requisitos indispensables y unos requisitos evaluables. Estos requisitos evaluables deben sumar al menos 70 puntos. En el caso de que se cumplan los requisitos indispensables pero sólo se llegue a una puntuación entre 50 y 70 puntos en los requisitos evaluables, se podrá obtener una acreditación provisional de 6 meses con la obligación, pasado este plazo, de conseguir al menos 75 de los puntos evaluables.
A parte de estos requisitos, las empresas comercializadoras de estancias turísticas deberán disponer de una póliza de seguros por un importe mínimo de 300.000 euros y una fianza de 600 euros por siniestro, que cubra la responsabilidad civil por daños corporales y materiales que puedan sufrir los usuarios de las viviendas durante la estancia.