COBRO UNA NÓMINA, ¿QUÉ ME PUEDO DEDUCIR?

Los gastos deducibles en los rendimientos del trabajo son:

–        Las cotizaciones a la Seguridad Social

–        Las cotizaciones a colegios de huérfanos

–        Las cuotas a sindicatos

–        Las cuotas colegiales obligatorias con un límite de 500 euros

–        Los gastos de defensa jurídica derivados de litigios con la empresa para la que trabajas hasta un máximo de 300 euros

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