Los requisitos para poder optar a la cuota bonificada del autónomo son:
– No haber estado de alta como autónomo durante los últimos 5 años.
– No haber recibido ninguna bonificación de la Seguridad Social como autónomo aunque hayan pasado más de 5 años.
– No tener trabajadores contratados.
– No ser administrador de una sociedad mercantil.
– No ser autónomo colaborador.
– No estar pluriempleado, combinando trabajo por cuenta propia y ajena.
La bonificación consiste en:
– Durante los primeros 6 meses: el 80%, quedando una cuota de 53,07 euros.
– Entre los 7 y 12 meses: el 50%, quedando una cuota de 131,36 euros.
– Entre los 13 y 18 meses: el 30%, quedando una cuota de 183,55 euros.
En el caso de hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años, las bonificaciones se amplían a:
– Entre los 19 y 30 meses: el 30%, quedando una cuota de 183,55 euros.